lunes, 5 de julio de 2010

Abortar en el primer trimestre ya no requiere ninguna justificación

Las mujeres podrán a partir de este lunes abortar hasta la semana 14 de gestación sin necesidad de dar explicaciones, al amparo de la nueva Ley del Aborto que entra en vigor. Interrumpir el embarazo voluntariamente dejará de ser así un delito despenalizado en algunos supuestos para convertirse en un derecho, precisamente cuando se cumplen 25 años de la aprobación de la primera normativa. El punto más polémico de la nueva ley radica en que las menores de 16 años podrán abortar sin el consentimiento paterno. Mientras, el Tribunal Constitucional sigue debatiendo el texto tras haber admitido a trámite los recursos planteados por el PP.

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo se estrena sometida a juicio, ya que el PP y el Gobierno de Navarra han pedido ante el Tribunal Constitucional (TC) la suspensión cautelar de 8 de sus artículos por entender que el "aborto libre" es contrario al derecho a la vida.

Por su parte, asociaciones de médicos y discapacitados presentarán un recurso de amparo ante el Alto Tribunal porque la nueva legislación establece una diferencia "jurídicamente insostenible" sobre lo que es un feto sano y otro enfermo o inferior, a cuya vida se puede poner fin en el seno materno.

El TC, en su sentencia de 1985, señaló que la vida del nasciturus -el que va a nacer- es un bien jurídico que el Estado tiene la obligación de proteger, por lo que despenalizó este delito, recogido en el Código Penal, sólo en los supuestos en que los derechos del niño entraban en grave conflicto con los de la madre.

Desde este lunes, las afectadas podrán abortar hasta la semana 22 en caso de riesgo para su salud física o psíquica -supuesto este último al que se acogieron en España en 2008 el 96% de ellas-, y también por enfermedad grave o malformaciones del feto.

Si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del bebé no hay límite de tiempo para actuar, contando con la opinión de un Comité Clínico.

Abortar con 16 años

El punto más polémico de la Ley ha sido el situar la mayoría de edad para abortar en los 16 años, y el hecho de que las menores no tengan que informar a sus padres si alegan que pueden ser coaccionadas o sufrir violencia familiar. Conocida esta situación, será el médico quien tendrá que tomar la decisión de actuar sin contar con los padres, apoyado si lo desea por un psicólogo o por un trabajador social.

En la renovada ley se refleja de forma expresa el derecho a ejercer la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo y se estipula que las mujeres reciban información sobre las ayudas públicas y derechos vinculados a su estado.

Con esta reforma se pretende garantizar la equidad en todas las comunidades pero, según las clínicas, no se especifica más que la entrega de un cheque para que, a las que se las niegue esta posibilidad en el lugar donde residan, puedan acudir a otro centro. EPF

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